Cuando los trabajadores independientes laboren en actividades con clase de aventura I, II o III (definidas en el Decreto 1607 de 2002), le corresponde al contratista retribuir el valía de la cotización al Doctrina General de Riesgos Laborales; ARL SURA se une a la campaña del Tarea del Trabajo https://ashleighg555eys7.blogdosaga.com/profile